martes, 29 de septiembre de 2009

Conservación de la naturaleza

La conservación de la naturaleza es justificada por razones éticas, culturales, económicas, científicas, sociales y legales.
  • Razones éticas: el hombre no tiene derecho a destruir su ambiente y la biodiversidad. La naturaleza, los recursos naturales y por lo general todo el ambiente, son patrimonio de una nación y de la humanidad. El Estado es el encargado de conservar el bien común.
  • Razones culturales: en algunos sitios se han desarrollado grupos humanos con manifestaciones culturales de gran importancia, que no deberían desaparecer. Música, idioma, artesanías, etc., son aspectos importantes de la riqueza de un país y forman parte de su patrimonio.
  • Razones económicas: el desarrollo con uso razonable de los recursos naturales es más rentable a largo plazo que aquél que destruye los recursos naturales. La degradación de los recursos conlleva a pérdidas económicas para el país.
  • Razones científicas: la conservación de áreas naturales, con su flora y fauna, preservan importante material genético para el futuro, ya que todas las especies domésticas derivan de especies silvestres y estas son muy buscadas para renovar genéticamente el ganado y los cultivos actuales.
  • Razones sociales: la contaminación y el deterioro del medio ambiente repercuten en las sociedades humanas en forma de enfermedades, agitación social por el acceso a la tierra, al espacio y a los alimentos; son generadores de pobreza y crisis económica.
  • Razones legales: las razones legales que justifican la conservación están en la Constitución, en los tratados internacionales y en la legislación de cada país.
Elaborado en base a la información obtenida en la página http://www.peruecologico.com.pe/lib_c28_t01.htm

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